Empresas

Tipo de empresa para cada tipo de negocio

EIRL

Toda persona natural o jurídica, que tenga RUT  puede constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Es una sociedad formada solo por 1 persona, y llevará su nombre 

Ventajas

No necesitas conseguir un socio para establecer el límite de responsabilidad de las deudas por la gestión comercial que hagas.

Con la creación de la EIRL separas tu patrimonio propio del patrimonio de la empresa.

La base imponible para las personas jurídicas de primera categoría es más baja que para las personas naturales.

No existe capital mínimo para constituir este tipo de sociedades.

Desventajas

En términos tributarios, por aplicarse las mismas reglas de las sociedades de responsabilidad limitada, la EIRL se convierte en agente retenedor de tributos o impuestos de los contribuyentes que le prestan servicios.

Existe perjuicio y penas por el hecho de otorgar contratos simulados entre el creador de la EIRL y ésta.

Inconvenientes en el proceso a la hora de solicitar la apertura de una cuenta corriente o pedir un préstamo en un determinado banco.

SPA

Este tipo de Sociedad es un híbrido entre una Sociedad Anónima y una Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Posee la flexibilidad y el alcance de una Sociedad Anónima, pero es menos compleja, pues puede optar por no establecer un Directorio ni Junta de Accionistas.

Sin embargo, y a diferencia de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, es muy sencillo aumentar el capital y el número de socios, sin necesidad de cambiar los Estatutos.

Cualquier persona natural o jurídica puede crear una sociedad SPA. Incluso los extranjeros que tengan RUT y Residencia Definitiva. Y se necesita solo 1 persona para poder constituir este tipo de sociedad.

Ventajas

El procedimiento de constitución requiere de menos formalismos que otros tipos de sociedades.

El Capital se divide en acciones y se rige por el estatuto social.

No son obligatorios los libros de sesiones de directorio, ni de junta de accionistas como lo requieren las sociedades anónimas.

Los accionistas son libres de vender o ceder sus derechos a quien estimen conveniente sin requerir del consentimiento de los otros accionistas o socios.

Tiene limitación de la responsabilidad de los socios al monto aportado o al valor de sus acciones.

Permite la incorporación de más accionistas de forma muy sencilla.

Desventajas

La libertad de acción en este tipo de sociedades se presta para incurrir en problemas de orden administrativo al interior de la sociedad.

No puede cotizar en bolsa.

LTDA

Cualquier persona natural o jurídica puede constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Incluso los extranjeros que tengan RUT. Y se necesitan al menos 2 personas para poder constituir este tipo de sociedad y pueden llegar a un máximo de 50 personas.

Las Sociedades de Responsabilidad Limitada no requieren que el capital social sea pagado al momento de la constitución de la sociedad. Este capital se divide en participaciones sociales.

Una de las características más importantes de este tipo de Sociedad es que las decisiones y administración de la sociedad requiere del acuerdo de los socios, pues no es necesario crear un directorio.

Ventajas

Modalidad apropiada para la pequeña y mediana empresa.

Régimen jurídico más flexible que las Sociedades Anónimas.

La responsabilidad de los socios por las deudas sociales está limitada a los aportes de capital.

Gran libertad de pactos y acuerdos entre los socios.

El capital social mínimo muy reducido.

Se puede aportar el capital en bienes o en dinero.

Se puede nombrar un Administrador con carácter indefinido.

Se puede crear un órgano de administración de diferentes maneras sin necesidad de modificar los estatutos.

Se puede controlar la entrada de personas extrañas a la sociedad.

Posibilidad de fijar un salario a los socios que trabajen en la empresa, además de la participación en beneficios que le corresponda.

Desventajas

Restricción en la transmisión de las participaciones sociales, salvo cuando el que adquiere las participaciones sea un familiar del socio que las transfiere.

No hay libertad para transmitir las participaciones.

Es necesario realizar una escritura pública para la transmisión de participaciones.

La garantía de los acreedores sociales queda limitada al patrimonio social.

Los socios siempre son identificables.

No puede emitir obligaciones.

No puede cotizar en Bolsa.

BOLETAS DE HONORARIOS

Para emitir Boletas de Honorarios você não precisa abrir uma empresa (Fazer o Inicio de Atividades ou criar um RUT). Porém necessitar ter sua Clave secreta de seu RUT pessoal do SII.

O Valor de imposto pago é de 10% do valor total da Boleta. Voce que define quem ira pagar esses 10% (emissor ou receptor da boleta)

Quem pode emitir? Somente prestadores de serviços que não tem nenhum produto físico vinculado e que a pessoa não esteja subordinada a ninguém, livre da obrigação de cumprir horários ou carga horaria. Também não pode ter a obrigatoriedade de um local fixo. Ou seja, serviços contábeis, de gestão, eletricista, cabeleireiro, manicure, etc).

PESSOA NATURAL 

Neste caso você utiliza u seu próprio numero de RUT para movimentar seu negocio.

É necessário dar inicio de Atividades em SII. A partir do mês que você deu inicio de atividades, é necessário declarar o Formulario 29 mensalmente, mesmo que sem movimento.

Neste caso, SII estava aceitando RUT temporário até o ano passado. Não sei se mudou algo esse ano.

O seu patrimônio pessoal esta diretamente vinculado ao movimento da empresa. Por essa razão, as pessoas tem cada vez menos utilizado esse caminho. 

SA

Cualquier persona natural o jurídica puede constituir una Sociedad Anónima. Incluso los extranjeros que tengan RUT. Y se necesitan al menos 2 personas para poder constituir este tipo de sociedad.

Las Sociedades Anónimas requieren un aporte mínimo de capital que debe ser pagado en el transcurso de los 3 primeros años de vida de la sociedad. Este capital se divide en acciones.

Las Sociedades Anónimas requieren de un Directorio y una Junta de Accionistas, que deben reunirse como mínimo una vez al año para aprobar el balance del año anterior.

Esta Junta de Accionistas Ordinaria debe ser convocada a través de la publicación de un aviso en un diario y el resultado debe ser llevado a Escritura Pública.

Ventajas

  • La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.
  • Las acciones pueden adquirirse por transferencia o herencia.
  • La responsabilidad de los socios está limitada a sus aportaciones.
  • Se pueden transmitir las acciones mediante su venta, por lo que es fácil aumentar capital y socios.
  • Los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación, no sobre los bienes de los accionistas.
  • Puede operar en bolsa.

Desventajas

  • Requiere de un capital mínimo para su constitución.
  • Requiere de una forma más compleja de organización, que incluye una junta de accionistas al año como mínimo.
  • Tiene costos más altos de constitución en comparación con las otras sociedades.
  • Tiene mayor cantidad de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece.